Diseño y elaboración del sitio web
Por desgracia existe muy poca gente que conozca lo que a continuación vamos a comentar: Si yo, por ejemplo, contrato con alguien la construcción de mi página web o portal, dicha obra, el sito web, los derechos de propiedad intelectual generados una vez se termine el encargo, son de aquella persona física o empresa que lo realizó. Dicho con otras palabras más simples: Encargo un sitio, y salvo acuerdo en contra, el titular de dichos derecho no soy yo, sino esa otra persona, lo cual efectos prácticos puede generar reclamaciones futuras en cuanto al mismo, llegándose incluso a poder paralizar un web site por no haber previsto dicha eventualidad.
No son raros los casos en los que habiéndose encargado la creación de un portal, hay discrepancias sobre la calidad del trabajo, o el plazo o tardanza en su terminación, y deciden romper el vínculo, pero a partir de ahí, la persona a la que se le encargó dicho trabajo comienza a reclamar sus derechos sobre dicha obra, con lo cual, al cliente, sólo le queda la alternativa de que si contrata a otra persona, comenzar desde cero a crear el portal, pues no puede, legalmente hablando, disponer de lo que antes se había hecho y quedado a mitad. La excepción a ello es el caso en el cual quien realiza el trabajo es un empleado nuestro contratado específicamente para tal fin y así expresamente indicado en su contrato de trabajo.
Lo más práctico, sensato e inteligente, es reflejar por escrito, en el contrato correspondiente, que la persona a la cual se encarga la realización del sitio web, renuncia a cualquier tipo de derecho sobre el mismo, amén de indicarse también plazos de entrega, régimen de responsabilidades, qué ocurre con los incumplimientos, y muchas más cuestiones, que al ser tantas excederían con creces los limites y pretensiones de estas letras, exigiendo un artículo monográfico sobre ello.